Los libros de Educación Sexual ¿Existe el “derecho” al placer?

Autor: Martha Morales

 

 

Se habla mucho de los “derechos del niño y del adolescente,” y se le dice a la adolescente que tiene derecho al placer. ¿Qué pasa cuando el ser humano se deja llevar nada más por lo placentero? Hay una ruptura total de su continuidad; no hay una personalidad fija. No se puede uno fiar de quien sólo busca el placer como único valor pues esa persona será voluble, dependerá de las circunstancias. Tampoco él se puede fiar de sí mismo, ya que hace falta una unidad en las tendencias, y esta persona se encuentra metida en el desconcierto. El ser humano no debe obrar por gusto sino por decisión.  

Desde la SEP , unos cuantos pretenden construir un “derecho” a la educación sexual, pero sus programas de educación sexual nadie los querría para sus hijos, ya que incluyen desnudarse, tocarse unos a otros y ejercicios prácticos. Desean que los niños aprendan a tener variedad de compañeros sexuales. Dice uno de sus libros de texto:Es importante relacionar la autonomía sobre el reconocimiento del cuerpo y el derecho al placer como parte de la salud sexual. Se puede ejemplificar con el caso del autoerotismo como práctica común e inofensiva….” (Ciencia y Tecnología. Programa de Estudio, Bloque IV, La Reproducción pag 48). ¡Qué ignorancia tan grande! El “derecho al placer” no existe, lo quieren inventar, pero no tiene base jurídica. Además, la masturbación —llamada allí “autoerotismo”—, daña, y eso está científicamente demostrado.  

Se habla del “derecho” al placer sexual protegido de los adolescentes solteros. Lo que no se le dice es que las relaciones sexuales crean vínculos y que, por ese motivo, muchas veces —aunque se evite el embarazo— la persona va a quedar herida y desilusionada cuando esa relación se dé por acabada, sobre todo en el caso de la mujer.  

          El derecho al placer no existe, desde el punto de vista jurídico. ¿Por qué? porque el Derecho es una sistematización de conductas externas. El Derecho no regula conductas o apetitos internos. Al Derecho no le incumben los actos internos ni las intenciones, a menos de que esas conductas se exterioricen.  

          El Derecho da facultad a la persona para realizar actos sexuales a cierta edad, con ciertas personas y de cierta manera; pero no faculta a que esos actos sean efectivamente gozosos o placenteros: Es más, no puede exigirlo. No puedo demandar ni pedir indemnización en caso de que falte. Y pasa lo mismo con los placeres de la buena mesa (gastronómicos). El Derecho regula conductas de alteridad, generales. El apetito cambia en cada individuo.  

          El desear y el apetecer desaparecen en cuanto alcanzan su fin (el placer) y quedan satisfechos. Por eso ni el desear ni el apetecer pueden fundamentar la compañía. Querer es muy distinto al mero desear y diferente al apetecer.  

          En resumen: si existiera el “derecho al placer”, el Derecho se haría imposible de aplicar; habría una enorme inseguridad jurídica porque sería muy difícil darle gusto a todos y cada uno. Además, el placer tiene límites y no se puede medir. Sobra decir lo tan sabido: que el placer sexual es bello y completamente aceptable dentro del matrimonio, pero ni aún allí se puede “exigir” ni se puede demandar al cónyuge que no lo da: no procede legalmente.  

          Cuando la mujer o el hombre cambian el placer por la felicidad, fácilmente caen en la búsqueda de lo instantáneo. Dice un psiquiatra: “En el instantaneísmo hedonista es tanta la soledad que manifiesta, que asistimos al extrañamiento del yo y a su más completa vacuidad” (A. Polaino-Lorente).  

          Quien se olvida del ser y opta por el instante de placer acaba por debilitar la realidad, hasta el punto de mudar el “yo” en algo cambiante. Esta situación es terreno fértil para la soledad despersonalizante. Cada instante es percibido como algo diferente del anterior y distinto del posterior. esas diferencias entre los diversos instantes, hacen del ser humano un conglomerado de experiencias fugaces, impermeables entre sí y solitarias, que no sólo no sirven para fundar la identidad personal sino que —lo que es peor— contribuyen a su despersonalización.  

          Sin embargo, es edificante ver que hay jóvenes que no dependen sólo de sus hormonas, sino que son han logrado un gran autodominio y son señores de sí mismos.