El respeto a la dignidad de las personas

Autor: Gustavo Daniel D´Apice

Webs del autor en: catholic.net y Dialogando

Fuente: Ediciones "Dialogando"



CATECISMO DE LA IGLESIA CATÓLICA.

EL RESPETO A LA DIGNIDAD DE LAS PERSONAS.

EL ESCÁNDALO (2284-2287)

2284. Es inducir a otro a hacer un mal.

2285. Es particularmente grave en educadores o personas constituídas en autoridad.

2286. Lo puede provocar una ley injusta o inmoral, ciertas modas, los formadores de opinión que “manipulan” la misma, o algunas instituciones (que “quiebran” o incitan al fraude, la coima y/o la corrupción).

2287. El que provoca escándalo es responsable del mal que ha favorecido.

EL RESPETO DE LA SALUD (2288-2291)

2288. La salud es un don de Dios que debe ser cuidado.

Requiere cooperación social, e implica el alimento y el vestido, la vivienda, los cuidados sanitarios, la enseñanza, el empleo y la asistencia social.

2289. De todas maneras, se opone al “culto del cuerpo” de la sociedad contemporánea, manipulada por los medios de comunicación social, que genera un nuevo “nazismo” discriminatorio de personas.

2290. Hay que evitar los excesos (templanza): comida, alcohol, tabaco, medicamentos.

2291. La droga y su tráfico atentan contra la salud y son prácticas que provocan escándalo, porque inducen al mal a otros.

EL RESPETO DE LA PERSONA Y LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA (2292-2296)

2292. Los experimentos científicos pueden conducir a curaciones y al progreso de la salud.
2293. La ciencia y la técnica deben ser puestas al servicio del hombre y promover su desarrollo integral.
2295. La experimentación en seres humanos no debe hacer correr riegos de vida desproporcionados a éstos, por más que hayan dado su consentimiento para los mismos.
2296. En el trasplante de órganos, se debe tener el consentimiento libre y responsable del donante o de sus representantes. No se lo puede mutilar o provocar la muerte en favor de otro.

EL RESPETO DE LA INTEGRIDAD CORPORAL (2297-2298).

2297. Son contrarios a la ley moral los secuestros y las tomas de rehenes, el terrorismo y la tortura, las amputaciones (salvo por prescripción médica a favor de un bien mayor, como el de la vida de la persona), las mutilaciones o las esterilizaciones directamente voluntarias de personas.

EL RESPETO A LOS MUERTOS (2299-2301)

2299. Los moribundos deben ser atendidos para que sus últimos momentos transcurran con dignidad y en paz.

2300. Los cuerpos de los difuntos deben ser tratados con respeto, sabiendo además que participarán de la resurrección final.

Sepultarlos es una obra de misericordia corporal muy importante , así como acompañar a los deudos.
2301.

La autopsia es lícita cuando hay motivos legales de por medio, o de investigación científica. El donar órganos después de muerto puede ser valioso y meritorio.

La incineración es permitida, por motivos personales o higiénicos, siempre que con ella no se cuestione la resurrección corporal.