“El terrorismo de Estado y la desaparición forzosa de personas”
La Corte Suprema de
Injusticia de la Nación se
ha hecho acreedora de
ser, en estos tiempos tan
confusos de nuestra
Patria, la mano visible del
terrorismo de Estado más
atroz. Decimos de
injusticia, con verdad, ya
que la justicia tiene como
objeto defender y
consolidar el derecho de
las personas siendo el
primero de ellos el
derecho a la vida. Con
este nuevo estado de cosas cualquier mujer que se diga violada –sin probar
que así lo fue y sin denunciar al supuesto violador- puede desde ahora
solicitar alegremente el asesinato del hijo que lleva en su vientre.
Esto implica
canonizar el terrorismo de Estado
erigiendo la tiranía del más
fuerte y poderoso –esto es lo establecido desde las altas esferas del poder-
sobre el más débil de los seres, el nasciturus. Nótese que en otros ámbitos de
la sociedad se destaca ya por la impunidad de sus actos el fuerte y poderoso,
burlándose siempre de los que no saben o no pueden oponerse.
El código Penal que nos rige, si bien contempla la no penalización del aborto
en determinadas circunstancias, -medida ésta que de algún modo abría la
puerta al desorden-, sin embargo, no dejaba de asumir por ello la existencia
de una acción moralmente mala, esto es, la muerte de un inocente y, por lo
tanto, un delito.
El consorcio de abogados católicos
al referirse a la sentencia expresa “que
de conformidad a lo declarado en otras ocasiones por esta Corporación, los
incisos 1º y 2º del artículo 86 del Código Penal han quedado derogados desde
la incorporación a la Constitución Nacional de 1994 de distintos Tratados
internacionales que protegen la vida humana desde la concepción. Lo cual ha
sido implícitamente reconocido por la propia Corte Suprema de Justicia de la
Nación, al haber en otra ocasin afirmado que “el derecho a la vida es el
primer derecho natural de la persona humana, preexistente a toda legislación
positiva, y que resulta garantizado por la CN (doctrina de Fallos, 323-1339),
derecho presente desde el momento de la concepción, reafirmado con la
incorporacin de Tratados internacionales con jerarquía constitucional”
(“Sánchez, Elvira Berta c/ Ministerio de Justicia y Derechos Humanos”,
1
dictamen de la Procuración General del 28/02/2006 y votos de los Ministros
Higthon de Nolasco y Eugenio Zaffaroni)”.
Resulta contradictorio a esto último, que el organismo máximo de contralor
de cualquier exceso que pudiera darse en los otros poderes, legitime acciones
directamente occisivas.
Viene a mi memoria la intervención de cierta abogada del foro santafesino,
ignara o mal intencionada ella, que con ocasión del debate sobre penalización
o no del aborto en un panel, hace ya un tiempo, dijera con total frescura que
en la tipificación del delito del aborto el bien jurídico que se pretendía
tutelar era el de la salud de la madre
soslayando directamente la vida del
nasciturus. Por cierto que a nadie se le ocurrió enviarla de nuevo a estudiar
derecho.
¿Será que los
supremos
cambiando lo objetivo piensan que con el aborto se
tutela “el bien” “salud de la madre” física o sicolgicamente hablando? ¿Será
que los nios engendrados son “una enfermedad” o “injustos agresores” que
vienen a perturbar
en muchos casos
el disfrute sexual que reclaman para sí
sus madres?
Con su sentencia de muerte sobre los inocentes, la Corte Suprema de
Injusticia, siguiendo los pasos de lo que aconteciera en Estados Unidos, se
convierte en la ejecutora de las políticas abortistas que pululan en el mundo
y que desde hace tiempo tratan de imponerse en los países más vulnerables,
seducidos muchas veces sus legisladores, no por supuestas contemplaciones
piadosas de las sufrientes madres –que quedan acosadas por sus conciencias
después del aborto-, sino por las promesas de fáciles ganancias.
La muerte del inocente, por lo tanto, –un gran negocio para quienes se
dedican a enriquecerse como mercaderes de la muerte- aparece ante los ojos
de los ciudadanos, porque así lo dispone la Corte, como algo permitido y
resguardado por una aparente licitud que diabólicamente la enaltece.
La
desaparición forzosa
de las personas ya no se cubre con el manto del
ocultamiento como se denuncia siempre respecto al acontecer de otros
tiempos, sino que a la luz del día se tolera y fomenta descaradamente el
aniquilamiento de los inocentes.
Se implantaría así el
crimen por encargo
, toda vez que el estado pagaría a
médicos, y personal sanitario, disponiendo además de los hospitales públicos,
sufragados por los impuestos de todos, con la intención expresa de eliminar, -
despedazándolos-, a los niños a quienes ni siquiera se les da la posibilidad de
poder ser adoptados por almas generosas.
En rigor, esta sentencia viene a completar la complicidad permanente de
quienes debieran velar para que cese la muerte de tantos inocentes que se
desangran en nuestra Patria víctimas de los delincuentes que pululan por
doquier.
2
“He observado a los que hacen el mal: los mismos que lo siembran lo
cosechan” (Job. 4, 8) nos dice la Escritura, anunciando de esa manera que el
mal que se realiza a los otros regresa a sus hacedores.
La
sentencia de muerte
aplicada a los niños por nacer, pues, viene a coronar
una cultura que se sustenta con “anticonceptivos para todos”, “fornicacin
para todos”, “placer para todos”, “libertinaje para todos”, y ahora “aborto
para todos y todas”.
La degradación más profunda en las costumbres habituales está a la vista.
Todo esto se vuelve contra el mismo hombre que mucho necesitará de la
gracia y misericordia de Dios para poder salir de tantas miserias y pensar en
construir una nueva sociedad en la que comencemos nuevamente a vivir
como hijos de Dios y no como esclavos del demonio.
Cngo Prof. Ricardo B. Mazza. Director del grupo Pro-vida “Evangelium
Vitae”. 20 de marzo de 2012.
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